abogado BLANQUEO DE CAPITALES

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Abogado blanqueo capitales

Abogado Blanqueo Capitales, amplia experiencia. Obtenemos el mejor resultado en delitos de balnqueo de capitales de fondos provinientes de actos delictivos

Somos un bufete de abogados

Abogado blanqueo capitales

Nuestra experiencia nos ha enseñado que la contratación de un abogado blanqueo capitales es una importante diferencia en el procedimiento judicial. Teniendo como principal objetivo proteger su libertad, siendo nuestra larga experiencia el principal activo para solucionar de la mejor manera posible su problema.

Contratar a un abogado penalista en Madrid, Valencia, Murcia, Alicante, Castellón o en cualquier punto de España en 2020

delito de blanqueo de capitales

El delito de blanqueo de capitales es también llamado ‘lavado de dinero’ y es la actividad que encubre el origen de los fondos conseguidos a través de operaciones ilegales como tráfico de drogas, corrupción, malversación pública, contrabando de armas, etc., y que el dinero obtenido parezca el fruto de una actividad económica o financiera legal. Contrata siempre un abogado blanquo capitales.

LOS INDICIOS DEL DELITO PUEDEN SER SUFICIENTES PARA RESOLVER LA COMISIÓN DEL DELITO

  1. Cantidades importantes de dinero sin poder acreditar la procedencia del mismo.
  2. Sujeto vinculado con actividades ilícitas, o grupos o personas relacionadas con ellas.
  3. Cuando el patrimonio del sujeto ha aumentado de manera inusual o desproporcionada.
  4. Cuando el sujeto suele efectuar operaciones económicas con cantidades en metálico.
  5. Cuando no existe justificación lícita para esas operaciones económicas.
  6. Cuando el sujeto da explicaciones débiles sobre el origen lícito del capital, o ese aumento desproporcionado del patrimonio.
  7. Cuando el sujeto se esconde tras sociedades ‘pantalla’ o entramados financieros que no se apoyen en actividades económicas lícitas.

modalidades del delito de blanqueo de capitales

  1. Adquirir, poseer, utilizar, convertir o transmitir bienes sabiendo que tienen su origen en un delito grave.
  2. Realizar cualquier otro acto para ocultar o encubrir el origen ilícito de los bienes.
  3. Realizar cualquier otro acto para ayudar a la persona que ha participado en la infracción para eludir sus consecuencias legales.
  4. Ocultación o encubrimiento de la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o derechos sobre los bienes o su propiedad, a sabiendas de que proceden de un delito grave.

Contratar un abogado especialista en blanqueo de capitales

Ponerse en contacto con un abogado online especialista en blanqueo es el primer paso para resolver sus problemas legales. Hacer una consulta no le llevará demasiado tiempo y puede ayudarle a resolver sus dudas.

Contratar a un abogado que proteja sus intereses es siempre el paso más acertado al inicio de cualquier tipo de trámite o caso.

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CUAL ES LA PENA POR BLANQUEO DE CAPITALES

Las sanciones por blanqueo de capitales se clasifican en muy graves, graves y leves.

Las sanciones muy graves incurren en el incumplimiento doloso de la obligación de congelar o bloquear los fondos, activos o recursos económicos de personas físicas o jurídicas o entidades. En este tipo de infracciones la sanción correspondiente es muy grave y puede  implicar desde una amonestación pública hasta una multa no inferior a 150.000 euros.

Las infracciones graves se sancionarán de forma grave, mediante amonestación pública o privada y multa de cuantía inferior a la sanción muy grave, entre los 60.000 y 150.000 euros.

Las infracciones leves pueden suponer multas de hasta 60.000 euros.

 

CIRCUNSTANCIAS A TENER EN CUENTA PARA DETERMINAR LA SANCIÓN EN EL BLANQUEO DE CAPITALES

  1. El grado de responsabilidad e intencionalidad que exista en el interesado.
  2. La conducta anterior en el interesado.
  3. El carácter de la representación que el interesado ostente.
  4. La capacidad económica del interesado.

CIRCUNSTANCIAS QUE AGRAVAN EL DELITO DE BLANQUEO DE CAPITALES

    1. La falta de acreditación del origen de los fondos.
    2. La notoria cuantía del movimiento.
    3. La incoherencia entre la actividad del interesado y la cuantía del movimiento.
    4. La circunstancia de hallar los medios de pago en lugar y situación mostrando una clara intención de ocultarlos.
    5. Las sanciones firmes en vía administrativa por incumplimiento de la obligación de declarar impuestas al interesado en los últimos cinco años.

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